Comisión de Planificación

Comisión de planificación, revisión y mejora del procedimiento de examen de dominio de lenguas extranjeras

1. Introducción

La Dirección del CEALM, con objeto de hacer un seguimiento y evaluación continua de su procedimiento para los exámenes de acreditación de lenguas extranjeras (actualmente de inglés y francés en los niveles B1 y B2), inició el proceso de constitución de una Comisión de Planificación, Revisión y Mejora del Procedimiento de Examen de Dominio de Lenguas Extranjeras, con objeto de dar cumplimiento a lo requerido (pp. 2, 7–8 y 10) en la Resolución 4/2014 de 1 de abril de 2014 de Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento por la que se resuelve la certificación de la evaluación al Centro de Estudios Avanzados en lenguas Modernas de la Universidad de Jaén.

2. Composición

El entonces Director del CEALM, D. Jesús Manuel Nieto García, y su Subdirector para Asuntos Académicos decidieron en octubre de 2014 que la Comisión estuviera formada por tres personas vinculadas la UJA, para lo cual se contactó con la persona ajena al CEALM susceptible de formar parte de ella, por razón su trayectoria profesional:

  • un miembro de la dirección del CEALM: D. Alejandro Alcaraz Sintes;
  • el coordinador del área de idiomas extranjeros del CEALM: D. Joaquín Cruz Trapero; y
  • un experto en gestión de sistemas de calidad: D. Jacinto Fernández Lombardo.

3. Constitución de la Comisión

  • La Comisión se constituyó el día 13/10/2014 en las dependencias del CEALM.
  • Asistieron todos sus miembros.
  • Véase Acta 01.

4. Reglamento de funcionamiento interno

La Comisión de Planificación, Revisión y Mejora del Procedimiento de Examen de Dominio de Lenguas Extranjeras, tras nombrar al Presidente/a y Secretario/a, seguirá el siguiente reglamento de funcionamiento interno:

  • Renovación: El mandato de cada miembro será de cuatro años, salvo que pierda la condición por la cual fue elegido.
  • Reuniones: Las reuniones ordinarias de la Comisión serán convocadas por el/la Presidente/a con al menos 48 horas de antelación mediante comunicación personalizada a todos sus componentes, en la que se especificará el orden del día y se remitirá la pertinente documentación. Las reuniones extraordinarias de la Comisión serán convocadas por el/la Presidente/a para tratar un único tema con una antelación mínima de 24 horas. La frecuencia de reuniones ordinarias será de al menos una por semestre. La iniciativa de convocatoria podrá ser por parte del/la Presidente/a de la Comisión o por un tercio de los miembros de la misma.
  • El/La Secretario/a levantará un acta por cada reunión, la cual llevará anexados los documentos manejados en la misma. Mientras dure su cargo, el/la Secretario/a deberá hacer públicas las actas y custodiarlas.
  • Decisiones: Las decisiones colegiadas de la Comisión serán tomadas por mayoría de los asistentes a la reunión. El/la Presidente/a tendrá un voto de calidad en el caso de igualdad de número de votos a favor o en contra de una decisión propuesta.
  • Actas: El Secretario levantará un Acta por cada reunión, la cual llevará anexados los documentos manejados en la misma. Mientras dure su cargo, el Secretario deberá hacer públicas las Actas y custodiarlas. Las Actas se darán por aprobadas si en el plazo de 5 días hábiles tras el envío del borrador por correo electrónico por parte del Secretario ninguno de los miembros envía por correo electrónico al Secretario alegaciones.

4. Funciones y cometidos de la Comisión

Las funciones y cometidos de la Comisión son:

  • La planificación, revisión y mejora del procedimiento de examen (elaboración, administración, revisión, reclamación y certificación), especificando cómo se realizará la valoración de los resultados así como la toma de decisiones y acciones de mejora para la consecución de los objetivos. Dicho procedimiento debe establecer quiénes, cómo y cuándo realizarán las actividades relacionadas con la planificación, revisión y mejora de cada uno de los hitos del proceso: elaboración, administración, revisión y reclamación del examen, expedición de títulos e idoneidad de los examinadores.
  • Valorar los resultados obtenidos del procedimiento de examen (elaboración, administración, revisión, reclamación y certificación), en cada convocatoria, distinguiendo por lenguas y niveles, y poner en marcha acciones de mejora para la consecución de los objetivos.
  • Recoger y analizar las sugerencias y reclamaciones recibidas y, si ha lugar, llevar a cabo las actuaciones oportunas asesorándose previamente por los responsables académicos.
  • Desarrollar un método de recogida de datos sobre la satisfacción de implicados (estudiantes, personal académico, personal de administración y servicios y agentes externos) y establecer un protocolo que indique la frecuencia con la que se llevará a cabo la recogida de datos y otros aspectos relevantes.
  • Analizar los resultados de la satisfacción de los distintos colectivos y, si ha lugar, planificar y llevar a cabo las actuaciones oportunas asesorándose previamente por los responsables académicos.
  • Garantizar la transparencia del proceso manteniendo actualizada la página web del CEALM, asegurándose de que en ella se incluye información sobre las características del modelo, administración de los exámenes, contenidos, estructura y criterios de evaluación, instrucciones para la realización de los exámenes, información sobre revisión y reclamación de calificaciones, certificados e información sobre la idoneidad de los evaluadores. Garantizar también la transparencia del proceso incluyendo en la página web los resultados y las estadísticas de todos los aspectos anteriormente citados (desglosado por lenguas y por niveles).

actas