DESTINATARIOS
Estudiantes de grado la Universidad de Jaén.
SOLICITUD ELECTRÓNICA DE RECONOCIMIENTO DE NIVEL DE IDIOMA
Las solicitudes de reconocimiento podrán presentarse por medios telemáticos todos los días del año, las 24 horas del día.
A. Acceder a la plataforma de reconocimiento: Acceda a través del siguiente enlace. Después de eso tendrá que hacer clic en Ciudadanos y en el botón Acceder al Tramitador. Después de esto, tendrá que identificarse en la Sede Electrónica a través de SIDUJA, con su DNI-e/Certificado o con Cl@ve. Una vez se identifique, tendrá que seguir la ruta Catálogo de Servicios>Estudiantes>Reconocimiento de la acreditación de la competencia lingüística…>Documentos destacados>Rellenar formulario
B. Dentro de la plataforma: Una vez dentro de la plataforma de reconocimiento tendrá que realizar tres pasos a través de los cuales le guiará la propia plataforma: 1) rellenar el formulario; 2) adjuntar su certificado y 3) firmar electrónicamente la solicitud. Recuerde que la solicitud no quedará presentada hasta que haya completado el proceso de firma. Para poder firmar electrónicamente la solicitud deberá disponer de Certificado Digital expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Si necesita solicitarlo puede hacerlo a través de la siguiente web.
C. Resolución: En el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, según lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recibirá una notificación electrónica en su email con las instrucciones para comprobar que se le ha reconocido el nivel de idioma solicitado.
OBSERVACIONES
En ningún caso se atenderán solicitudes a las que no se adjunte el título oficial emitido por la entidad acreditadora correspondiente, excepto en el caso de los títulos provisionales de Escuelas Oficiales de Idiomas, que podrán reconocerse si se acompañan del justificante que garantice el pago de las tasas correspondientes a la emisión del título.